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Miércoles, 09 Julio 2014 01:48

Diputados logran la Reforma Electoral en Jalisco; contempla la relección de diputados y alcaldes electos a partir del 2015

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Discutieron el Dictamen de decreto que reforma, deroga y adiciona diversos artículos al Código Electoral y de Participación Ciudadana, el Código Penal, la Ley Orgánica del Poder Judicial, la ley Orgánica del Poder Legislativo, la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos y expide la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco.

 

Durante las últimas semanas se venía dialogando y consensando, lo que representa para Jalisco un avance democrático que garantiza la participación ciudadana y elecciones claras, transparentes y sobretodo acordes a los momentos que vive nuestro Estado, tomando como base los anhelos e inquietudes de nuestra gente.

El Diputado Gustavo González Villaseñor comentó: “esto representa la inclusión de los grupos y personas que quieren participar en su comunidad, así como la oportunidad a partidos políticos de ver plasmadas las ideas que dan mayor solidez a la estructura del país. Políticas electorales que garantizan ir a la par con la modernidad, el progreso y el desarrollo de Jalisco”.

Gustavo González Villaseñor enfatizó que “para llegar a este momento, se socializó con foros donde participaron empresarios, instituciones educativas, universidades públicas y privadas, partidos políticos y ciudadanos”.

Para finalizar el diputado reconoció el trabajo de los integrantes de la comisión de asuntos electorales, “sobre todo de su presidente Antonio Joaquín Portilla Wolf por su voluntad y entrega y la de todos los diputados locales”.

Estos son algunos de los temas más relevantes aprobados en la reforma Constitucional del 07 de julio del 2014: 1) voto de los jaliscienses en el extranjero para elegir Gobernador. 2) Paridad de género en la integración de candidaturas a diputados y de las planillas para ayuntamientos, exceptuando al candidato a Presidente Municipal. 3) Propietarios y suplentes de candidatos a diputados y Munícipes del mismo género.

Asimismo, 4) Regulación de candidaturas independientes: a) No participan en la repartición de Diputados de Representación Proporcional. b) Si participan en el Reparto de Regidores de Representación Proporcional, siempre que hayan alcanzado el 3.5% de la Votación Total Emitida. 5) Los partidos políticos que alcancen el 3% de la votación valida obtenida, tendrán derecho a una Diputada de Representación Proporcional de manera directa. 6) Se establece la reelección para Munícipes por un periodo adicional, para el mismo cargo. 7) Se establece la reelección para Diputados Locales por tres periodos adicionales. 8) La reelección aplicará para aquellos Diputados y Munícipes que sean electos a partir del 2015.

 

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